Entrevista a Alejandro Castilla, abogado responsable de Litigación en ESKARIAM
Formado en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid, cuenta con más de veinte años de experiencia en Derecho Civil, Mercantil y Administrativo, especializado en Derecho Bancario y de Consumo.
Equipo ESKARIAM
Respecto al nuevo Anteproyecto de Ley de acciones de representación para los intereses colectivos de los consumidores, ¿supondrá un nuevo paradigma a la hora de gestionar las demandas colectivas en España? ¿Crees que aumentarán los casos en representación de los colectivos afectados?
El anteproyecto supone una apuesta clara por un sistema de protección de los intereses colectivos de los consumidores, radicalmente diverso al fragmentario, farragoso y deficiente sistema hasta ahora vigente en nuestro ordenamiento, por lo que la norma es sin duda bienvenida y es un avance muy positivo en la defensa de los consumidores. Por mi experiencia profesional, he tenido un contacto muy directo con la defensa de intereses colectivos de consumidores y usuarios y he podido conocer muy de cerca las innumerables incidencias y dificultades que este tipo de procedimientos colectivos encuentra en su devenir procesal, así como la excesiva demora que su tramitación implica, elementos todos ellos difícilmente compatibles con la adecuada tutela que merecen los perjudicados.
Las posibilidades que la norma abre para las demandas colectivas, habida cuenta del panorama previo, son ciertamente esperanzadoras, sobre todo teniendo en cuenta la gran litigiosidad que en los últimos años ha alcanzado este sector de protección de los consumidores en los diferentes ámbitos en los que sus intereses están en juego, que son muy numerosos. Con la regulación ahora en marcha, los actores – entidades – implicados en las demandas colectivas adquieren no ya protagonismo, sino sobre todo una gran responsabilidad para la eficaz defensa de los intereses que les son encomendados y que les corresponde gestionar.
La principal novedad es la ruptura de las trabas hasta ahora existentes para que las demandas colectivas realmente beneficien al mayor número de consumidores afectados, apostando por un sistema opt -out, en el que quedan incluidos por defecto en la demanda todos los consumidores, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de quedar fuera del mismo.
Creo que este sistema que el anteproyecto de ley diseña potenciará una más eficaz defensa colectiva de los consumidores y supondrá un gran instrumento preventivo para disuadir de la comisión de conductas infractoras.
Entrando en materia, ¿Qué cuestiones crees que se pueden mejorar respecto a las expuestas en el APL?
Hay cuestiones que sin duda redundarían en la mayor eficiencia del proceso en defensa de intereses colectivos de consumidores que el anteproyecto no aborda o lo hace insuficientemente.
Una es la solución a la coexistencia de varias demandas colectivas que se interpongan sobre un mismo asunto, que a juicio de ESKARIAM debería dar lugar, más que a la automática preferencia de la demanda interpuesta en primer lugar, a una exposición y debate, ante el Juez, de los méritos de cada una de las demandas (robustez y solidez de su planteamiento, medios tecnológicos adecuados a la reclamación, etc) a fin de que el Juez opte por una u otra o por la acumulación, teniendo en cuenta el criterio de cuál sea la que mejor responda a la adecuada y eficaz tutela de los intereses de los consumidores, por encima del criterio meramente temporal.
Otra es la necesaria, a mi juicio, inclusión expresa en el ámbito de aplicación del anteproyecto de las reclamaciones de daños derivadas de infracciones del Derecho de la competencia. Es un hecho el notable aumento de este tipo de reclamaciones que afectan muy especialmente a los consumidores y usuarios (del que es ejemplo el cártel de fabricantes de automóviles y otros cárteles), que ha derivado en una gran litigiosidad con la proliferación de innumerables procedimientos judiciales que inundan los Juzgados de toda España. La expresa previsión normativa que permita con certeza reconducir estas reclamaciones al sistema de acciones de representación de intereses colectivos reforzaría la adecuada tutela de los consumidores.
En Europa estamos viendo un incremento notable en los litigios de demandas colectivas o acciones de clase, ¿Crees que en España se está abriendo la puerta a un nuevo horizonte donde el consumidor tendrá la capacidad de defenderse de los abusos ilícitos de grandes corporaciones?
Tradicionalmente nuestro sistema jurídico no ha facilitado precisamente una cultura en la que el consumidor defienda de manera activa sus derechos frente a las prácticas abusivas a las que se ven diariamente expuestos. Habitualmente el consumidor se ha encontrado con multitud de trabas, económicas, burocráticas, etc. que han tenido un efecto disuasorio para ejercitar los derechos que le corresponden, lo que, a la postre, ha determinado que muchas prácticas ilícitas de las empresas, perjudiciales para aquellos, se hayan visto lamentablemente libres para su proliferación.
Esa situación sin embargo ha cambiado notablemente en los últimos años: la educación de los consumidores en una cultura de concienciación sobre los derechos que les asisten, la mayor información que la sociedad actual pone a su alcance, la proliferación de despachos de abogados especializados en reclamaciones masivas de este tipo que afectan a grupos numerosos de usuarios ha redundado en esa mayor proactividad. Las acciones colectivas son, o deberían ser, un instrumento clave en esa dirección, de ahí la trascendental importancia del avance que el APL supone en el diseño de una arquitectura normativa adecuada para que su uso sea una realidad imparable en nuestro país.
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