España necesita de una regulación adecuada de las demandas colectivas
Los casos del cártel de la leche, el del cártel de camiones o el cártel de fabricantes de automóviles son ejemplos de demandas colectivas en España que confirman la necesidad de ordenar la litigación para dejar de lado algunas de las ineficiencias y altos costes para todas las partes con las que nos encontramos a día de hoy.
Juan Álvarez, Chief Operations Officer
Y es que, aunque el sector de las reclamaciones masivas está aumentando considerablemente en nuestro país, la gestión judicial de las mismas es aún muy diferente a la de otros países anglosajones y europeos, donde cuentan con una regulación sobre acciones de clase, y está todavía lejos de un consecuente impacto positivo en la velocidad de la justicia. Tanto demandados como afectados, abogados y, en definitiva, toda la sociedad necesita de un sistema judicial rápido y eficaz que incremente considerablemente el tiempo de respuesta judicial a estos conflictos colectivos.
España y la necesidad de un sistema que ordene la litigación en las demandas colectivas
Bien es cierto que, a través del proyecto piloto de los jueces de lo mercantil de Barcelona, se está ya poniendo de manifiesto cómo la gestión colectiva de demandas masivas de afectados por reclamación de daños causados por cárteles ayuda tanto a esa agilización de tiempos judiciales como a nivel procesal. Sin embargo, en España aún estamos lejos del sistema de las acciones de clases que otros países como Estados Unidos, Reino Unido, Australia o Portugal ya tienen desarrollados y contribuyen a que colectivos de afectados hagan uso de su derecho a reclamar por abusos de poder.
Ahora España tiene la oportunidad de realizar una modificación legislativa clave, a raíz de la Directiva (UE) 2020/1828 del Parlamento Europeo y el Consejo relativa a las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores, que permitiría a España desarrollar las acciones de clase en línea con otros países del viejo continente.
Europa y la evolución ascendente de las demandas colectivas
Y es que mientras en España no contamos por el momento con herramientas legislativas eficaces para interponer demandas colectivas, en otros países de nuestro entorno el panorama es bien distinto.
Los estudios confirman el crecimiento en el número de acciones colectivas presentadas en Europa, aumentando en más del 120% de 2018 a 2020 y pasando de 64 en 2016 a 109 en 2020, según el CMS European Class Action Report. Según estos analistas, el auge de este sector de reclamaciones colectivas vendría impulsado, precisamente, por la introducción de nuevos mecanismos procesales destinados a facilitar este tipo de procedimientos masivos.
El estudio sostiene que las reclamaciones masivas por daños están siendo más comunes en Europa en los últimos años, con mega casos como o el de Gomes contra Mastercard en Portugal que reclamaba más de 400 millones de euros; o el de Merricks vs Mastercard en el Reino Unido, indemnización de 14 mil millones de libras liderada por Hausfeld, nuestro partner legal en el caso del cártel de la leche.
Es precisamente en las islas británicas ahí donde encontramos un mayor porcentaje de demandas masivas, seguido de Holanda, Alemania y Austria.
El estudio de CMS refleja cómo, cada vez más, los acusados se enfrentan a acciones de clases que surgen del mismo problema en múltiples jurisdicciones simultáneamente, como es el caso del Cártel de Camiones.
Estados Unidos, a la cabeza en las demandas colectivas
En EE.UU. el sector de las demandas colectivas es un mercado en constante auge. Tal y como se desprende del último Informe Anual Antimonopolio 2020 de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Francisco y el Banco Nacional de Huntington, Hausfeld encabezaría el ranking de despachos de abogados en el número de demandas presentadas en los tribunales de EE. UU. entre 2009 y 2020, así como en cantidad recuperada para los demandantes con más de 5.240 millones de dólares.
Estos datos reflejan solo una parte del potencial que tiene el sector de las demandas colectivas en el mercado norteamericano, con unos ingresos totales anuales en las fechas analizadas por este informe que oscilaron entre los 225 millones y los 5,3 mil millones de dólares por año. En cuanto a la cantidad recuperada para los demandantes, el total acumulado de acuerdos fue de 27,6 mil millones dólares de 2009-2020, variando la cantidad media del pago por año entre los 6 millones a los 41 millones de dólares, y el monto medio por año de 2 a 11 millones de dólares.
Los fondos de litigación, una opción cada vez más extendida en el mercado de las demandas colectivas
El sector de las reclamaciones masivas es cada vez más atractivo para los fondos de litigación, y las cifras de crecimiento alrededor de esta tendencia europea de financiación de litigios así lo demuestran. De 2009 a 2014 los activos bajo la gestión de fondos en el Reino Unido crecieron de 180 millones de libras esterlinas a 1.500 millones, lo que supuso un aumento del 743%, según el CMS European Class Action Report.
Y es que, en otros mercados, es común buscar diferentes fuentes de financiación para grandes litigios, tendencia que empresas de servicios jurídicos como ESKARIAM ya están impulsando. Aplicando formas de gestión de los grandes despachos anglosajones especializados en grandes litigios y demandas colectivas, en ESKARIAM elegimos la mejor forma de financiación a largo plazo, que puede ser fondos de deuda, fondos de litigios, family offices e inversores privados (preferentemente ligados a nuestro partner financiero MOIRA CAPITAL), formando así un pull de financiadores con los que trabajamos cada reclamación y optando por uno u otro en función de las características y retorno esperado de cada litigio en particular y de los diferentes escenarios temporales.
Como conclusión, desde ESKARIAM apostamos por el avance de la regulación en España de las demandas colectivas que permita una eficiente gestión judicial de las reclamaciones masivas y favorezca la implantación de sistemas de financiación adecuados.
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