El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha aclarado, en un relevante pronunciamiento dictado en el marco del conocido “Cártel del Euribor”, que no cabe establecer distinción alguna entre los perjudicados por una práctica colusoria, ya sean consumidores, profesionales o empresas, con vistas a determinar el momento en que comienza a correr el plazo de prescripción, y ha reiterado diversas cuestiones temporales relativas al comienzo del plazo de prescripción en los procedimientos de reclamación de daños por infracciones del Derecho de la competencia de la UE que ya habían sido puestas de manifiesto en la sentencia de 22 de junio de 2022, Volvo y DAF Trucks, C 267/20.